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TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA EL ALQUILER DE PROPIEDAD EN NUESTRO WEBSITE
 

PALMASBNB Hospitalidade e Serviços Ltda, empresa debidamente registrada en el CNPJ/MF con el nº 46.555.969/0001-20, Av. Leoberto Leal, 790 , Sala 101A, 88117-000 São José , SC , en adelante ARRENDADOR, en el uso de los derechos otorgados por el propietario del inmueble objeto de este arrendamiento;

Y, en calidad de ARRENDATARIO, se contratan y contratan las siguientes cláusulas generales y condiciones generales:

Considerando que el ARRENDADOR cuenta con un poder otorgado por el propietario del inmueble objeto del presente contrato para asesorar, gestionar e intermediar en arrendamientos de temporada;

Considerando que la ARRENDATARIA optó, por su propia voluntad, por arrendar un inmueble por una temporada cuya administración está a cargo de la ARRENDADORA, las partes establecen el contrato de arrendamiento en la forma que se detalla a continuación, el cual debe ser interpretado e integrado por las condiciones generales. de contrato

PRIMERA - CONDICIONES DE LA PROPIEDAD

El inmueble objeto del arrendamiento es el inmueble descrito en el anuncio publicado a través de los servicios de la ARRENDADORA, y todas las características del inmueble son inequívocamente conocidas por la ARRENDATARIA, quien declara recibir en excelentes condiciones de higiene, limpieza y funcionamiento de las instalaciones hidráulicas, sanitarios y eléctricos y todos los accesorios incorporados al inmueble, tales como: pisos, ventanas, puertas, pestillos, manijas, cerraduras, vidrios, etc. arriendo sin derecho a indemnización o retención de la propiedad para cualquier mejora, aunque sea necesaria.

Las llaves del inmueble se entregarán en la forma indicada por el ARRENDADOR.

El ARRENDATARIO no está autorizado a realizar modificaciones o reformas en las instalaciones del inmueble contratado.

SEGUNDO - OBJETO DEL ARRENDAMIENTO

El inmueble arrendado está destinado exclusivamente al uso RESIDENCIAL TEMPORAL, quedando prohibido al ARRENDADOR cederlo o prestarlo total o parcialmente, a cualquier título. Cualquier tolerancia del ARRENDADOR no implicará consentimiento tácito.

 

Asimismo, no está permitido realizar instalaciones, adaptaciones, mejoras u obras sin la autorización expresa del ARRENDADOR. Estos, una vez concedidos y ejecutados, se adherirán inmediatamente al inmueble, sin que el ARRENDATARIO tenga derecho a indemnización alguna;

TERCERA - PLAZO Y VALOR DEL ARRENDAMIENTO

 

El plazo y valor del arrendamiento, y la fianza (en su caso), son los previstos en los términos del contrato, cuyas opciones fueron seleccionadas por la ARRENDATARIA de acuerdo a sus exclusivas necesidades, sin intervención alguna de la ARRENDADORA, la ARRENDATARIA siendo consciente de las penalizaciones impuestas en caso de impago, así como de la no entrega de las llaves en la fecha y hora indicada por él.

Si el ARRENDATARIO opta por los servicios de limpieza, u otras instalaciones, dichos servicios serán cobrados en las cantidades indicadas por el ARRENDADOR.

 

CUARTA - CONSERVACIÓN DE LA PROPIEDAD

El ARRENDATARIO se obliga a cuidar el inmueble, no eximiéndose de los esfuerzos necesarios para mantener la integridad del inmueble. Los daños causados a la propiedad oa su mobiliario, equipo y utensilios serán cubiertos por la fianza (si la hubiere) entregada por la ARRENDATARIA para cubrir tales gastos. En caso de que la fianza no pueda cubrir estos gastos, la ARRENDADORA, o el propietario del inmueble, procederá al cobro judicial o extrajudicial de dicha cantidad. En caso de no existir garantía, se cargará al ARRENDATARIO el importe y, en caso de denegación del pago, será demandado judicial o extrajudicialmente.


JUEVES - PAGO

El pago se realizará en la forma indicada por el ARRENDATARIO al elegir el inmueble objeto de este arrendamiento.

El ARRENDADOR no se hace responsable de las fallas en el cobro por parte de las compañías de tarjetas de crédito.

Si el ARRENDATARIO inicia un procedimiento de desconocimiento de la compra con su compañía de tarjeta de crédito, el ARRENDADOR se reserva el derecho de cancelar el arrendamiento, si éste no ha sido iniciado.

VIERNES - DESCARGO DE RESPONSABILIDAD

El Arrendador no será responsable de los objetos o utensilios dejados o colocados por el Arrendatario dentro del inmueble arrendado.

SÉPTIMA - ENTREGA DE LLAVES

La entrega de llaves, tanto al inicio como al final del presente Contrato, deberá realizarse en la forma indicada en las condiciones generales de contratación y de acuerdo con las opciones disponibles para el inmueble ahora arrendado.

OCTAVA - MULTAS Y SANCIONES

A toda deuda que resulte de este acuerdo se le cobrará una multa del 10% (diez por ciento), intereses del 1% (uno por ciento) mensual y un 20% (veinte por ciento) adicional en concepto de honorarios de abogado, independientemente de la interposición de la acción;

NOVENA - COMUNICACIONES

Todo contacto en relación con este arrendamiento deberá realizarse a través de los canales de atención de la ARRENDADORA indicados en las condiciones generales de contratación.

DÉCIMO - CONVENIO Y REGLAMENTO INTERNO

El ARRENDATARIO respetará las normas contenidas en el Convenio y en el Reglamento Interior del Edificio y/o condominio (si lo hubiere). En caso de incumplimiento de dichas normas, el Arrendatario estará sujeto a las sanciones legales previstas y, en caso de imposición de multa al propietario del inmueble, el ARRENDATARIO deberá cumplirla en el plazo de 5 (cinco) días. , contados a partir de la notificación para tal meta.

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